Requisitos Kit Consulting
Beneficiarios:
- Si eres Pyme o empresa y tienes tu domicilio fiscal en España.
- Pueden ser beneficiarios de esta ayuda, las Pymes y empresas de entre 10 y menos de 250 empleados.
- Estar inscrito en el censo de empresarios de AEAT.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente con la Seguridad Social.
- No superar el minimis de ayudas.
- Segmentos de beneficiarios según el número de
empleados:
a) Segmento A: Empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
b) Segmento B: Empresas de entre 50 y menos de 100 empleados.
c) Segmento C: Empresas de entre 100 y menos de 250 empleados
El número de empleados se calculará teniendo en
cuenta los datos de trabajadores existentes en el Régimen General de la Seguridad
Social y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o por cualquier otro medio
válido en Derecho, en el momento de presentar la solicitud.
No podrán ser beneficiarias:
- Las uniones temporales de empresas (UTES).
- Las personas físicas o jurídicas que sean Asesores Digitales Adheridos, en los términos del artículo 10 de esta Orden, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de servicios de asesoramiento.
- Las personas en situación de autoempleo.
- Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
- Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.